El Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (en adelante, el “Reglamento SFDR”), exige que TORSA CAPITAL, S.G.E.I.C., S.A. (en adelante, “Torsa” o la “Gestora”) realice determinadas divulgaciones en su página web, incluyendo información sobre la integración de los riesgos de sostenibilidad en su proceso de toma de decisiones de inversión; su enfoque sobre los impactos adversos de la sostenibilidad; y la coherencia de sus políticas de remuneración con la integración de los riesgos de sostenibilidad.

Su objetivo es que los inversores finales puedan disponer de información sobre la integración de riesgos de sostenibilidad que llevan a cabo los vehículos de la Gestora.

Información sobre la política de integración de los riesgos de sostenibilidad en el proceso de toma de decisiones de inversión (Artículo 3 del Reglamento SFDR)

Los riesgos de sostenibilidad son eventos o condiciones ambientales, sociales o de gobierno, cuya ocurrencia podría tener un efecto material adverso real o potencial sobre el valor de la inversión.

En este sentido, señalar que como parte de la evaluación de las inversiones, Torsa considerará, si lo estima oportuno, los riesgos relevantes a la sostenibilidad de las inversiones potenciales.

La Gestora trata de reconocer, evaluar y ponderar adecuadamente todos los factores de riesgo relevantes a la hora de elaborar las recomendaciones de inversión de sus clientes. Así, los riesgos de sostenibilidad son solo uno de los diversos aspectos de riesgo considerados como parte de la toma de decisiones de inversión. Otros factores de riesgo considerados podrían ser (aunque no exclusivamente): los riesgos de mercado, de liquidez y/o de contraparte. Por tanto, los factores y riesgos ASG (ambientales, sociales y de gobernanza, o ESG por sus siglas en inglés), se tienen en cuenta en el proceso de toma de decisiones de inversión como una herramienta adicional que ofrece una mayor información sobre los riesgos no financieros actuales y potenciales de las inversiones.

En todo momento, Torsa aplicará el principio de proporcionalidad teniendo debidamente en cuenta la relevancia estratégica de una inversión, así como su contexto transaccional.

Información sobre la política en relación con la consideración de incidencias adversas en materia de sostenibilidad (Artículo 4 del Reglamento SFDR)

Se informa que actualmente, Torsa no está teniendo en cuenta de forma explícita las incidencias adversas de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad, por no contar por el momento con información detallada ni política de diligencia debida en relación con dichas incidencias adversas.

De acuerdo con el Considerando (20) del Reglamento SFDR, por Principales Incidencias Adversas (PIA) deben entenderse aquellas incidencias del asesoramiento y las decisiones de inversión que tengan efectos negativos sobre los factores de sostenibilidad (sean estos ambientales o sociales).

De acuerdo con el apartado 3 del artículo 4 del Reglamento SFDR, la declaración de PIA solamente es de obligado cumplimiento para los participantes en los mercados financieros que superen en la fecha de cierre de balance el criterio de un número medio de 500 empleados.

Atendiendo al anterior criterio, aunque actualmente Torsa no está obligada al cumplimiento de este requerimiento de información, estaremos pendientes de los próximos retos en el ámbito de la sostenibilidad de las inversiones, comprometiéndonos a ponderar cada vez más factores ESG, con la finalidad de promover una inversión cada vez más responsable.

Transparencia de las políticas de remuneración en relación con la integración del riesgo de sostenibilidad (artículo 5 del Reglamento SFDR)

Como SGEIC registrada en el sentido del artículo 5.4 de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (“LECR”), Torsa no tiene la obligación de publicar la política de remuneración en su sitio web.

En cualquier caso, la Gestora considera que su política de remuneración es coherente con su enfoque de la integración de los riesgos de sostenibilidad en el proceso de toma de decisiones de inversión. Los riesgos de sostenibilidad se tienen en cuenta, entre otros factores de riesgo potencialmente relevantes, a la hora de tomar decisiones de inversión y el hecho de no tener en cuenta alguno de los riesgos relevantes podría tener un impacto adverso en el rendimiento de la inversión.

En general, la política de remuneración de la Gestora se basa en remuneraciones fijas y variables. Las remuneraciones variables se determinan de forma discrecional y están fuertemente vinculadas a los resultados de cada empleado y a los resultados financieros globales de la Gestora. Con este sistema, cualquier fallo en la consideración de los riesgos de sostenibilidad con impacto adverso en el rendimiento de la inversión se reflejaría en el nivel de remuneración variable global concedido al personal. Además, en este caso, es probable que un rendimiento adverso repercuta en las remuneraciones variables a nivel individual.